La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt respaldó la aplicación de la ordenanza municipal que establece un perímetro de exclusión para el comercio ambulante en el centro de la ciudad, al rechazar el recurso de amparo que acusaba una posible vulneración de la libertad económica de quienes ejercen esta actividad.
El tribunal de alzada falló en contra de la acción interpuesta por la abogada Orietta Llauca, quien representaba a 21 comerciantes informales que argumentaban que la normativa municipal impedía el libre ejercicio de sus actividades económicas, desarrolladas de manera repetitiva, generalizada, constante y uniforme en el tiempo.
El director jurídico de la Municipalidad de Puerto Montt, Osvaldo Emhart, valoró el fallo que ratifica la medida adoptada por el alcalde Rodrigo Wainraihgt Galilea, con el objetivo de recuperar los espacios públicos del centro y mejorar el orden y la seguridad en sus calles.
"La Corte de Apelaciones de Puerto Montt señala de forma clara que la ordenanza municipal que regula el comercio ambulante no vulnera en ningún aspecto lo contemplado en la Constitución en su artículo 19 número 21, esto es, que priva a los recurrentes de ejercer su libertad económica", manifestó Emhart.
La ordenanza municipal comenzó a aplicarse el lunes 6 de enero y su cumplimiento ha sido posible gracias a la labor permanente de los equipos de Seguridad Pública, con el apoyo de Carabineros, la Delegación Presidencial y servicios como Aduanas e Impuestos Internos, además del área de Rentas y Patentes del municipio.