La Corte Suprema ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que acogió un recurso de protección contra el Instituto Alemán y su rector, ordenando la reincorporación de una estudiante de cuarto medio que fue expulsada en junio de 2025 tras agredir a una alumna menor, en un episodio vinculado a una crisis emocional. El tribunal determinó que la medida vulneró el debido proceso y desconoció sus antecedentes médicos de salud mental.
Un caso que llega a la Corte Suprema
La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que ordena la reincorporación inmediata de una estudiante de cuarto medio del Instituto Alemán, luego de que fuera expulsada tras un incidente con una alumna de primero medio en junio de este año.
Crisis emocional y protocolos no aplicados
De acuerdo al recurso de protección, la estudiante sufrió una crisis de desregulación emocional en el establecimiento el 13 de junio, requiriendo medicación de urgencia. Sin embargo, el colegio no activó el Protocolo N°10 del Reglamento Interno de Convivencia Escolar, ni informó oportunamente a sus padres.
Ese mismo día, durante una actividad deportiva sin supervisión docente, la alumna sufrió burlas y hostigamiento, lo que desencadenó una nueva crisis. En ese contexto, golpeó a una estudiante de primero medio, causándole lesiones leves.
Defensa del colegio
El Instituto Alemán argumentó que la agresión constituía una falta gravísima, según su reglamento interno, y que la medida de expulsión estaba respaldada por testimonios, actas y antecedentes médicos. El rector notificó la expulsión el 25 de junio, la cual fue ratificada por el Consejo de Profesores el 4 de julio, señala El Llanquihue.
Fundamentos del fallo judicial
La Corte de Apelaciones, con fallo ratificado por la Suprema, concluyó que la sanción vulneró el debido proceso, al no permitir una defensa efectiva ni considerar los diagnósticos médicos ya informados: trastorno ansioso-depresivo, trastorno de personalidad límite y TDAH.
El tribunal resaltó que la alumna posee buen rendimiento académico y extracurricular, sin anotaciones disciplinarias previas, y que el colegio optó por la sanción “más dura y radical”, sin generar alternativas como exámenes libres u otros mecanismos para que pudiera finalizar su enseñanza media.
Crítica al rol educativo
En el fallo, los jueces Jaime Meza, Patricio Rondini y la abogada integrante María Paz Olavarría cuestionaron la falta de disposición del colegio para ejercer su rol educativo y orientador, privilegiando una medida expulsiva que desconoció los antecedentes médicos y el derecho de la estudiante a concluir su proceso escolar.