La Corte de Apelaciones de Puerto Montt confirmó la sentencia de primera instancia que condena a Latam Airlines por infringir el derecho a entregar información veraz y oportuna, establecido en la Ley del Consumidor. La aerolínea deberá pagar una multa de 100 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), equivalente a $6.650.000.
El caso se originó tras una fiscalización realizada por el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) en abril de 2019 en el aeropuerto internacional El Tepual de Puerto Montt. Durante la revisión, el SERNAC detectó que Latam Airlines imponía un límite de indemnización de 600 dólares (aproximadamente $560.000) en caso de pérdida o daño de maletas, lo cual no cumplía con la normativa vigente.
La Dirección Regional del SERNAC en Los Lagos denunció esta práctica ante el Tercer Juzgado de Policía Local de Puerto Montt, que falló a favor del organismo regulador. El tribunal concluyó que la aerolínea violó el artículo 3 de la Ley del Consumidor, que obliga a las empresas a proporcionar información clara, transparente y acorde a las normativas legales.
El fallo también destacó que, según el Código Aeronáutico, los pasajeros tienen derecho a ser indemnizados con un monto de 40 UF (aproximadamente $1.518.000) en caso de destrucción, pérdida o daño de equipaje, independientemente del número de maletas afectadas.
Tras la sentencia, Latam Airlines apeló, pero la Corte de Apelaciones de Puerto Montt ratificó la decisión original, confirmando la multa de 100 UTM.
Esta decisión refuerza los derechos de los consumidores en el ámbito del transporte aéreo, destacando la importancia de recibir información veraz y oportuna sobre las condiciones del servicio.